Jiménez-Becerril, contra el homenaje a Parot: «Si no fuera porque amo España, saldría huyendo del país»
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Teresa Jiménez-Becerril, diputada del PP por Sevilla y hermana del concejal popular Alberto Jiménez-Becerril, asesinado por ETA en 1998, ha clamado este jueves contra la decisión de la Audiencia Nacional de no prohibir el homenaje al etarra Henri Parot en Mondragón (Guipúzcoa), previsto para este sábado.
Parot, preso en la cárcel de Villahierro (León) es responsable de 39 asesinatos y fue condenado a casi 4.800 años de prisión. La plataforma Sare ha anunciado una marcha de 31 kilómetros en conmemoración de los 31 años que el etarra lleva en la cárcel.
A raíz de ello, Jiménez-Becerril ha querido recalcar que «los terroristas no son héroes» sino «asesinos». «Si no fuera porque amo a España saldría huyendo de un país donde no sólo se homenajea a un terrorista con 39 asesinatos en su haber, sino donde no se impide esa atrocidad», ha lamentado en redes sociales. «¿Se han vuelto locos? No, simplemente han perdido la memoria, la dignidad y el sentido de la justicia», se ha cuestionado la víctima de la organización terrorista.
39 muertes
Parot, de 63 años de edad, cumple condena debido a decenas de atentados con 39 víctimas mortales. Es uno de los etarras más sanguinarios de la historia de ETA. Formó parte del comando itinerante ‘Argala’ y fue detenido en abril de 1990 en Sevilla mientras transportaba una furgoneta cargada con 300 kilos de explosivos. De origen francés, fue uno de los principales objetivos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
El rastro de terror de Parot incluye atentados como el de la casa-cuartel de Zaragoza en 1987, que dejó once víctimas mortales -cinco de ellas niñas- mediante la colocación de un coche bomba cargado de explosivos. Cometió una decena de atentados en Madrid contra varios militares, además de los que acabaron con la vida del vicealmirante Cristóbal Colón de Carvajal y Maroto en 1986 y de la fiscal Carmen Tagle en 1989.
Los atentados de Parot se extendieron por otras localidades como Granada, donde asesinó a Conrada Muñoz Herrera, que recibió una carta bomba dirigida a su hijo, funcionario de prisiones. El primero por el que fue condenado lo perpetró en Irún en 1978, matando al empresario José Luis Legasa Ubiría.
Parot ingresó en prisión el 7 de abril de 1990 y cumple condena acumulada de 41 años por los delitos de asesinatos, atentados, estragos, lesiones y terrorismo. La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, dependiente del Ministerio del Interior, anunció el pasado 26 de marzo su acercamiento a la cárcel de León.
La Audiencia autoriza el homenaje
El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha acordado no prohibir el homenaje del próximo sábado al preso de ETA Henri Parot al determinar que no existen en este momento datos y elementos necesarios para determinar si los hechos denunciados podrían llegar a constituir un delito de enaltecimiento del terrorismo.
En un auto, el titular del Juzgado Central de Instrucción Numero 4 ha pedido a las Fuerzas de Seguridad del Estado que procedan al seguimiento y control del acto y adopten las medidas necesarias para evitar que se realicen actos de enaltecimiento o justificación del delitos terroristas o de quienes hayan participado en su ejecución, así como actos de desprecio o humillación de las víctimas del terrorismo o sus familiares.
Calama considera que a la jurisdicción corresponde únicamente la persecución de hechos ilícitos una vez que se hayan producido, pues carece de competencias preventivas. «Es decir, no puede actuarse el Derecho penal con carácter preventivo pues tal proceder implica asociar consecuencias jurídicas limitativas de derechos o imponer directa o indirectamente sanciones sobre la base de meras hipótesis sobre la futura e incierta comisión de delitos», añade.
En el escrito, Calama recoge la doctrina sobre el contenido de los límites del derecho de reunión, así como la vinculación de la libertad de expresión con la de reunión. De esta forma, señala que «es a la autoridad gubernativa a quien corresponde velar por el cumplimiento de los requisitos constitucionales en el ejercicio del derecho de reunión y de manifestación».
Esto es porque es a la autoridad gubernativa «a quien está encomendado el mantenimiento de la seguridad ciudadana y la prevención de la comisión de actos delictivos y sus decisiones sobre el particular son recurribles ante la jurisdicción contencioso-administrativa».
El magistrado toma esta decisión después de que la Fiscalía de la Audiencia Nacional viese «acreditada la humillación a las víctimas» de la organización terrorista en la marcha. Consideraban además que la marcha está concebida «como un acto organizado con fines estrictamente políticos» y no considera que la manifestación tenga la intención de «un acto que humille a alguna de las víctimas».
La Asociación Dignidad y Justicia había pedido al juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón suspendiera el homenaje por considerarla un «acto de enaltecimiento a un preso de la organización terrorista ETA» por parte de personas que, señalaban, justifican «sus asesinatos» y «entienden que no debe seguir en prisión y cumplir su condena».
Este miércoles, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) dictó un auto en el que aclaraba que manifestaciones como la convocada este sábado en Arrasate (Guipúzcoa) en favor de Parot no están sujetas al régimen de autorización sino al de comunicación. Así, consideraba que no cabía recurso ni suspender «un acto inexistente», tal y como habían solicitado la Asociación profesional de la Guardia Civil Justicia Guardia Civil (Jucil) y del sindicato de la Policía Nacional Justicia Policial (Jupol).